Las medidas de COVID-19 deben basarse en primer lugar en el derecho a la salud

GINEBRA (10 de junio de 2020) – La pandemia de la covid-19 ha ejercido una gran presión sobre los sistemas de salud pública en todo el mundo, y los Estados deben garantizar que se cumplan los más altos estándares de salud física y mental en sus acciones de respuesta a la crisis, indicó hoy un experto de la ONU.

«El distanciamiento físico y otras medidas que se utilizan para reducir la propagación de la covid-19 son inadecuadas si se ignoran otros elementos cruciales como vivienda adecuada, agua potable y saneamiento, alimentos, seguridad social y protección contra la violencia», dijo Dainius Puras, Relator Especial sobre el derecho a la salud física y mental.

«Las obligaciones vinculantes basadas en el marco del derecho a la salud obligan a los Estados a considerar la respuesta social más amplia en la lucha contra la covid-19», dijo Puras. «Observar más ampliamente la respuesta social no solo hará que las medidas contra la covid-19 sean más justas, sino que también serán más eficientes, efectivas y transparentes».

El marco del derecho a la salud obliga a los Estados a examinar la idoneidad de una serie de elementos, incluyendo la garantía de que los bienes, servicios e instalaciones de salud sean de buena calidad y sean accesibles de manera no discriminatoria.

«Otro aspecto fundamental del derecho a la salud es la participación de todas las comunidades afectadas, que respalda respuestas equitativas, facilita la acción dirigida por la comunidad y apunta a intervenciones que respetan los derechos», dijo el Relator Especial.

Puras señaló que las medidas de bloqueo impuestas por los Estados también pueden exacerbar los riesgos para la salud pública. Esto incluye mantener a los niños fuera de la escuela, evitar que las personas adquieran productos básicos, cerrar los servicios de apoyo necesarios, aumentar la violencia de género y ampliar las inequidades en salud entre las poblaciones.

El experto también expresó su preocupación por la interrupción, durante la crisis, de los servicios de salud que no están relacionados a la covid-19, incluyendo la atención de salud sexual y reproductiva, antirretrovirales para personas que viven con el VIH, campañas de inmunización y atención y apoyo comunitarios, incluyendo la salud mental.

FIN

El Sr. Danilo Puras es el Relator Especial sobre el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental.

Los Relatores Especiales son parte de lo que se conoce como los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Los Procedimientos Especiales, el mayor órgano de expertos independientes del sistema de derechos humanos de las Naciones Unidas, es el nombre general de los mecanismos independientes de investigación y supervisión del Consejo. Los titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales son expertos independientes en derechos humanos nombrados por el Consejo de Derechos Humanos para abordar situaciones de países específicos o cuestiones temáticas en todas las partes del mundo. No forman parte del personal de la ONU y son independientes de cualquier gobierno u organización. Actúan a título individual y no reciben un salario por su trabajo.

Comparte este artículo:

Comments are closed.