Costa Rica ya cuenta con el Mecanismo General de Consulta a Pueblos Indígenas, el primero en América Latina desarrollado bajo el estándar de «consulta sobre la consulta”, originado en recomendaciones de la Relatoría Especial sobre Pueblos Indígenas de la Organización Naciones Unidas. Luego de dos años de trabajo conjunto, el Gobierno costarricense y 22 territorios indígenas suscribieron una guía que indica a las instituciones del Gobierno cómo cumplir con la obligación de consultar a estos pueblos cuando una medida o proyecto sea susceptible de afectar sus derechos colectivos.
Durante este proceso participativo, se recabó información sobre cómo debería llevarse a la práctica la obligación del Gobierno a consultar. En total, se realizaron más de 120 actividades en todos los territorios indígenas del país, en las que participaron más de 5,000 personas indígenas. Todo el proceso ha sido liderado por el Viceministerio de la Presidencia en Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano. El Sistema Naciones Unidas y la Defensoría de los Habitantes participan como observadores.
“Lo que hace distinto a este Mecanismo es que no fue realizado en la verticalidad, desde un escritorio en San José, sino que es el resultado de un arduo trabajo y del compromiso de funcionarias y funcionarios públicos, pero, sobre todo, de los pueblos indígenas, que al día de hoy están más empoderados y tienen más claridad de cómo relacionarse y cuáles son las vías para exigir y garantizar sus derechos humanos ”, afirmó la Viceministra de Asuntos Políticos y Diálogo Ciudadano, Ana Gabriel Zúñiga Aponte.
Pasos para el diálogo participativo
El Mecanismo establece un procedimiento de 8 pasos para realizar una consulta: solicitud de la consulta; admisibilidad de la solicitud de consulta; acuerdos preparatorios; intercambio de información; evaluación interna del pueblo indígena; diálogo, negociación y acuerdos; finalización del proceso; cumplimiento y monitoreo de acuerdos.
Además, crea la Unidad Técnica de Consulta Indígena (que estará alojada en el Ministerio de Justicia y Paz), encargada de liderar operativamente todas las consultas desde el Gobierno. En cada territorio indígena, la figura de “Instancia Territorial” será designada por la comunidad en reuniones abiertas y se encargará de coordinar la logística de las consultas que se realicen. Estos diálogos deben incorporar a toda la comunidad.
Este texto será puesto en conocimiento de los territorios indígenas en su versión en español, así como traducido a los idiomas activos: bribri, cabécar, ngäbere y maleku. Estos idiomas fueron tomados en cuenta durante toda la consulta sobre la consulta para la interpretación simultánea en las actividades territoriales o nacionales, así como la traducción de documentos y audios.
El proceso de co-creación
El Mecanismo General de Consulta Indígena consensuado con los ocho pueblos indígenas es el resultado de una intensa jornada de dos años de trabajo que inició en marzo de 2016 con la emisión de la Directriz 042-MP. A este documento interno, siguió una serie de talleres informativos en cada uno de los 24 territorios. En seguida, se realizaron los Primeros Encuentros Territoriales, en los que, a partir de preguntas generadoras, el Viceministerio recabó insumos para construir el primer borrador del documento.
Este borrador fue analizado en cada territorio durante los Segundos Encuentros Territoriales. Las observaciones que resultaron de estos Encuentros fueron llevadas a la capital por las cuatro personas delegadas, elegidas en sus territorios. Con un total de 94 delegadas y delegados, se realizó en mayo 2017 el Primer Encuentro Nacional de Consulta Indígena (ENCI). El ENCI logró que los bloques territoriales contaran con espacios de discusión del borrador y que designaran a una Comisión Redactora Indígena.
La Comisión Redactora Indígena incorporó las observaciones al borrador en conjunto con el Viceministerio de Presidencia. El borrador final, que incluía estos cambios, visitó los territorios una vez más en los talleres de Devolución. Finalmente, el 9 y 10 de febrero de 2018, las delegaciones territoriales ratificaron el Mecanismo General por unanimidad, durante el II ENCI.
En 2011, la Relatoría Especial indicó que “la consulta sobre la consulta debería consistir en un diálogo abierto y exhaustivo entre las partes sobre los varios aspectos del procedimiento de consulta a establecerse, inclusive la definición de las diversas etapas de la consulta, los plazos correspondientes y las modalidades específicas de participación, entre otros.”
Con la firma de este documento para su publicación como Decreto Ejecutivo, Costa Rica cumple con una de las obligaciones establecidas en el Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales de la Organización Internacional del Trabajo, en la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, y en jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Este histórico acuerdo es el primer paso necesario para saldar la deuda histórica que el Estado mantiene con los pueblos originarios desde que ratificó el Convenio 169, en 1992.
Costa Rica registra una población de 104,143 personas indígenas, según los datos del Censo 2011. Los 24 territorios indígenas del país se extienden por un total de 307,000 hectáreas.
Información de la Oficina de Prensa de la Presidencia de la República de Costa Rica